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Mostrando las entradas de junio, 2022

explique cuál es el procedimiento para levantar el Acta de Reparo y agregar la apreciación general de la jurisprudencia bajo estudio.

 

¿Cuál es la Decisión del Tribunal y las sanciones sí fuera el caso ?

contra el acto administrativo contenido en  la Resolución Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2011/2948 del 15 de julio de 2011, emitida por  la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del  Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en la que fue  declarado sin lugar el recurso jerárquico incoado por la contribuyente contra la Resolución de  Imposición de Sanción y Determinación de Intereses  Moratorios Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DR-ACOT-RET-2008-876 del 21 de agosto de 2008, y  se confirmaron las multas impuestas conforme al artículo 113 del Código Orgánico Tributario de  2001, en virtud del enteramiento tardío de las retenciones practicadas en materia de impuesto al  valor agregado durante “la primera quincena de los períodos impositivos 04/2004, 07/2004,  09/2004, 11/2004, 01/2005, 02/2005, 03/2005, 04/2005, 01/2007 y 01/2008, segunda quincena  de los perí...

¿Cuál es el recurso que ejerció el contribuye o sujeto pasivo para defenderse de la decisión de la Administración Tributaria?

 1.- De la violación al criterio jurisprudencia fijado por esta Sala Político-Administrativa en la sentencia Nro. 01426 de fecha 11 de noviembre de 2008, caso: The Walt Disney Company (Venezuela), S.A. 2.- Desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 94 del Código Orgánico Tributario de 2001. 3.- Violación al principio non reformatio in peius. 4.- Violación al principio de confianza legítima o expectativa plausible

¿Cuál es la acción u omisión (Ilícito tributario) en la que incurrió el contribuyente?

 Enteramiento tardío de las retenciones en materia de impuesto al valor agregado durante “(...) la primera quincena de los períodos impositivos 04/2004, 07/2004, 09/2004, 11/2004, 01/2005, 02/2005, 03/2005, 04/2005, 01/2007 y 01/2008, segunda quincena de los períodos impositivos 10/2004, 09/2004, 11/2004, 02/2005, 01/2005, 04/2005, 03/2005, 09/2006 y 12/2006, primera y segunda quincena de los períodos impositivos 05/2004, 06/2004, 08/2004, 12/2004, 05/2005, 06/2005, 07/2005, 08/2005, 09/2005, 10/2005, 11/2005, 12/2005, 01/2006, 02/2006, 03/200604/2006, 05/2006, 06/2006, 07/2006, 10/2006, 11/2006, 02/2007, 03/2007, 04/2007, 05/2007, 06/2007, 07/2007, 08/2007 (...)”, por la cantidad total de Cuarenta y Cuatro Mil Setecientas Setenta y Cuatro coma Veintisiete Unidades Tributarias (44.774,27 U.T.), las cuales deberán “(...) ser calculadas tomando en consideración el valor de la unidad tributaria (U.T.) vigente al momento del pago de conformidad con lo establecido en los Parágrafos Prim...

¿Cuál es el hecho controvertido?

 1.- Que el Juez de la causa estimó erradamente como valor de la unidad tributaria aplicable a las multas impuestas a la contribuyente, el vigente para la oportunidad de su pago efectivo, apartándose del criterio jurisprudencial sentado por esta Sala Político-Administrativa en la sentencia Nro. 01426 de fecha 11 de noviembre de 2008. 2.- Refieren el error incurrido en la sentencia apelada, al haber sostenido que las multas deben calcularse conforme a lo establecido en el Parágrafo Primero del artículo 94 del Código Orgánico Tributario de 2001, cuando lo correcto era aplicar el Parágrafo Segundo eiusdem por tratarse de multas expresadas en términos porcentuales. 3.- Solicitan la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 94 del Código Orgánico Tributario de 2001, por infringir los principios de tipicidad e irretroactividad de la Ley, al calcular las sanciones impuestas. 4.- Alegan la violación al derecho de acceso a la justicia, en virtud de haber sido re...

¿Quiénes son los sujetos intervinientes en la controversia de la jurisprudencia 1?

son sujetos que intervienen en primera instancia en la Sala y, en la misma oportunidad, la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz. lo cual hicieron la apelación del 10 de junio  de 2014 los abogados, Taormina Cappello Paredes y Eduardo Martínez Díaz. El 1° de julio de 2014 la abogada Adda Almánzar, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 68.313, actuando con el carácter de sustituta del Procurador General de la República en representación del Fisco Nacional. empresa Knoll Gomas Industriales C.A.

efectos economicos

 

Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la clasificación de los tributos, la clasificación del impuesto, las tasas y las contribuciones especiales

Clasificación de los tributos se clasifican en: Impuestos Planos:  cuando el porcentaje no es dependiente de la base imponible o la renta del individuo sujeto a impuestos,  sino que varía según la compra. Ejemplo: IVA. Impuesto progresivo:  cuando a mayor ganancia o renta, mayor es el porcentaje de impuestos sobre la base.  Ejemplo: Ganancias. Impuesto regresivo:  cuando a mayor ganancia o mayor renta, menor el porcentaje de impuestos que debe pagarse sobre el total de la base imponible.  Ejemplo: Rentas. También se pueden clasificar los tributos según que tipo de impuesto sea: * Impuesto interno: S on los impuestos al consumo, se perciben dentro de los límites del país. * Impuesto externo: Son los aduaneros, se cobran con motivo de entradas o salidas del país. * Impuesto directo: Cuando existen circunstancias o situaciones objetivas que revelan en forma bastante aproximada un determinado nivel de riqueza son imp. directos y no puedo transmitir a otra perso...

Ejemplificar conceptual e ilustrativamente las características del derecho tributario y sus fuentes

  Características Las principales características del derecho tributario son: Pertenece al d erecho público , especialmente al   derecho financiero . Sus normas son imperativas, no pueden ser pactadas o negociadas entre partes. Sigue un principio de equidad. Faculta establecer contribuciones de carácter obligatorio por   ley . Establece sanciones y multas a los contribuyentes si no cumplen con sus obligaciones tributarias. Fuentes del derecho tributario a) Ley: Es la norma jurídica por antonomasia, tiene múltiples acepciones. "Ley es una regla social obligatoria establecida con carácter permanente por la autoridad publica y sancionada por la fuerza". Clases de las Leyes: Desde el punto de vista de la mayor o menor jerarquía de las leyes, podemos distinguir las siguientes clases:  Constitución Política   Ley Ordinaria   Tratados Internacionales   Decretos con Jerarquía de Ley b) Decretos Ley : El principio de separación de poderes se romp...

Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la compensación en el caso de los impuestos indirectos

  De la normativa transcrita, se observa que la prohibición de compensar en materia del impuesto al  valor  agregado no resulta absoluta, pues si  bien  la citada disposición señala que “(…) La compensación no será oponible en los impuestos indirectos cuya estructura y traslación prevea las figuras de los denominados débito y  crédito fiscal  (…)”, prevé que “salvo expresa disposición legal en contrario” que establezca una regulación que consienta la compensación de tales tributos indirectos. En este sentido, debe destacarse que la excepción a la prohibición de compensación del aludido Texto Normativo, está prevista en el artículo 11 de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado,  publicada en la  Gaceta Oficial  de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 37.999 el 11 de agosto de 2004,vigente ratione temporis,  según el cual, en los casos de solicitudes de recuperación de los excedentes de retenciones de dicho ...

Ejemplificar conceptual e ilustrativamente el pago

  El pago es un modo de extinguir obligaciones a través del cumplimiento efectivo de una prestación debida. El  sujeto activo  es quien realiza el pago: puede ser el propio deudor o un tercero (quien paga en nombre y representación del deudor). El  sujeto pasivo , en cambio, es quien recibe el pago (el acreedor o su representante legal). El pago siempre debe coincidir con el contenido de la obligación. Por ejemplo:  “Tenemos que llamar a la empresa de González, aún no realizó el pago del mes” ,  “Estoy muy contento, acabo de recibir el pago por el trabajo que realicé para Estados Unidos” ,  “Miguel está preocupado, tiene que realizar el pago del alquiler pero no le alcanza el dinero” ,  “La peor parte de mi trabajo es reclamar los pagos y escuchar las excusas de los clientes” .

¿Cuáles son los modos de extinción de la obligación tributaria?

  Los modos de extinguir las obligaciones son todos aquellos hechos o actos jurídicos mediante los cuales ellas cesan de producir efectos jurídicos. La obligación tributaria se extingue por las siguientes causas:  a) Pago b) Compens ación  c) Con fusión  d) Presc ripción EL PAGO: El pago es el acto jurídico bilateral que supone el concurso de la voluntad, tanto del sujeto pasivo o deudor como del sujeto activo o acreedor, tendiente a extinguir la obligación. El Código Tributario en su articulo 16 dispone que: “El pago es el cumplimiento de la prestación del tributo debido y debe ser efectuado por los sujetos pasivos”.Los terceros pueden efectuar el pago por los sujetos pasivos, con su conformidad expresa o tácita, subrogándose en los derechos del sujeto activo para reclamar el reembolso de lo pagado a título de tributos, intereses, recargos y sanciones, con las garantías legales, preferencias y privilegios sustanciales del crédito tributario. Sujetos pasivos de la ob...